Resolución Expediente Acta Nº
Nº 188/024 1163-69-001-2023 21/2024
 
Referencia
INSPECCIÓN ANUAL DEL GENERADOR DE VAPOR N° 5583, PERTENECIENTE A GRANJA LA FAMILIA LTDA, UBICADO EN RUTA 8 KM 28, BARROS BLANCOS (CANELONES)
 
Resolución

VISTO: el expediente N° 1163-69-001-2023 relacionado a la situación del generador de vapor: No. 5583 perteneciente a GRANJA LA FAMILIA LTDA sito en Ruta 8 KM 28, localidad de Barros Blancos, departamento de Canelones;
RESULTANDO: I) que el empleo de generadores de vapor no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa normativa, que prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para su operación y estar auditado por el estado, por medio de habilitaciones con cierta periodicidad;
II) que con fecha 25 de setiembre de 2023 en el marco de la inspección realizada por LATU se encontró el equipo operando en condiciones no seguras;
III) que en virtud de lo constatado e informado en estos obrados se entendió oportuno proponer una multa equivalente a 11.474 Unidades indexadas;
IV) que por Resolución Delegada N° RD-00022-2024 de fecha 15 de enero de 2024 se resolvió la no habilitación del equipo;
V) que posteriormente Fiscalización Generadores de Vapor informó que el titular del equipo coordinó las pruebas para la habilitación, antes de los seis meses, por lo que corresponde morigerar la sanción en un 50%;
CONSIDERANDO: I) que el monto de la sanción se relaciona con la superficie del equipo, en este caso 30 m2;
II) que se ha dado cumplimiento al debido procedimiento, por lo que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: A lo expuesto y lo establecido en la ley 17.598 del 13 de diciembre de 2002, en los arts. 18 a 25 de la ley 19.535 del 3/10/2017, en el reglamento de Generadores de vapor aprobado por la Resolución 81/2016, con la redacción dada por la Resolución N° 101/021;


EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:


1.- Aplicar a GRANJA LA FAMILIA LTDA. (RUT 110020890013) una sanción equivalente a cinco mil setecientas treinta y siete Unidades Indexadas (UI 5.737).
2.- Notifíquese, publíquese en la base de Resoluciones del sitio web de la Unidad y en la base de Sanciones.
3.- Pase a Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa.
4.- Oportunamente, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 21/2024 de fecha 04/23/2024